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ACUERDO DE COLABORACIÓN
En Sevilla, a 20 de junio de 2002.
Para regular las relaciones que pudieran surgir, en la prestación de servicios de prevención de riesgos laborales, para empresas asociadas a la Confederación Empresarial de Comercio de Andalucía.
SE REÚNEN:
De una parte Don Francisco Román Amor, como Presidente de la Confederación Empresarial de Comercio de Andalucía, en adelante, CECA, con C.I.F número G14102511 y domicilio social en Sevilla, Calle Habana número 14.
De otra Don Eulogio Silva Silva, en representación de ERGOS CONSULTORES, S.L., con domicilio social en Sevilla, Avenida de Jerez, número 1, Edificio Palmera Plaza, planta 2ª, puerta I, y C.I.F. número B-41559444.
En las indicadas representaciones
EXPONEN
I. Que CECA es una Asociación Empresarial sin ánimo de lucro, que representa y defiende los intereses de las Asociaciones Provinciales del Comercio de Andalucía y, en general, del empresario del Sector del Comercio en Andalucía.
II. Que CECA tiene una especial sensibilidad hacia los temas relacionados con laseguridad y salud en el trabajo y los retos que la nueva normativa representa para sus asociados, por lo que precisa de los servicios de empresa especializada en el sector.
III. Que ERGOS Consultores es una empresa acreditada como Servicio dePrevención de Riesgos Laborales, con el Nº SP 15/97, contando con amplia
experiencia en empresas del Sector, lo que le capacita para prestar los servicios en dichas empresas.
IV. Que ERGOS promocionará y prestará estos servicios entre las empresas interesadas asociadas a CECA, en condiciones especialmente ventajosas, por lo que suscriben este acuerdo de colaboración que plasman en los siguientes
COMPROMISOS:
PRIMERO. Por el presente, ERGOS se compromete a gestionar la prevención, en la forma más idónea, para aquellos comercios que así lo soliciten y que estén asociados a CECA, con los servicios que se relacionan en Anexo I, que se une al presente documento.
SEGUNDO. La realización de estos servicios se ejecutará por ERGOS con las condiciones económicas especiales que se mencionan en Anexo I de este acuerdo y que tendrán el carácter de exclusivas para los asociados de CECA.
Para la revisión de los precios y condiciones fijadas, ERGOS deberá comunicarlo previamente a CECA, quien se reservará el derecho de apoyar el acuerdo con las nuevas condiciones resultantes.
Del mismo modo, ERGOS se compromete a mantener las condiciones ventajosas para los asociados de CECA, revisándose éstas en el caso de que, por la existencia de mejores condiciones en el mercado para el mismo sector, dejaran de ser ventajosas.
TERCERO. ERGOS se compromete a informar puntualmente a CECA de cuantos contratos suscriba con sus asociados, así como de sus condiciones económicas.
Durante la vigencia del acuerdo, CECA se compromete a apoyar a ERGOS como empresa concertada para el asesoramiento y servicio técnico en prevención de riesgos laborales para la Confederación, para lo que actuará según procedimiento del Anexo II de este contrato.
CUARTO. ERGOS colaborará con CECA en el apoyo y difusión del concierto por parte de esta asociación, de la manera que se considere más conveniente en cada momento.
Del mismo modo, ERGOS asesorará a CECA de forma gratuita, sobre cuestiones en materia de Prevención de Riesgos
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