9 DE SEPTIEMBRE DE 2010
inscripción de seminarios REDCCA
   
 
 
.

Acuerdo con Entidad

Convenio de colaboración entre la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA) y Unicaja

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA CONFEDERACION DE EMPRESARIOS DE ANDALUCIA Y UNICAJA

En Sevilla, a 17 de junio de 2002 y en la sede de la Confederación de Empresarios de Andalucía, sita en Isla de la Cartuja s/n

R E U N I D O S


De una parte, D. Santiago Herrero León, como Presidente y en representación de la Confederación de Empresarios de Andalucía


Y de otra, D. Braulio Medel Cámara, como Presidente y en representación de UNICAJA


EXPONEN


I. Que UNICAJA cuenta con recursos y servicios financieros y bancarios suficientes para dar estructura a las necesidades y conveniencias derivadas de los proyectos financieros de las empresas afiliadas a la Confederación de Empresarios de Andalucía.­


Il. Que la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA), considera que los servicios ofrecidos por UNICAJA son adecuados para la implantación y desarrollo de actividades y programas financieros de sus empresas afiliadas, en aras a la consolidación de las mismas y la creación de empleo y riqueza en Andalucía.


lII. Que con el objeto común de hacer efectivo lo expuesto en el punto anterior (Il), han decidido suscribir el presente convenio, en el que se definen los términos de colaboración entre las entidades firmantes.


BENEFICIARIOS


Podrán acceder a las líneas establecidas en este Convenio todas las empresas asociadas a la Confederación de Empresarios de Andalucía, bien directamente o a través de sus organizaciones miembro.


E S T I P U L A C I O N E S


PRIMERA. El ámbito del presente (convenio se extenderá a todas las empresas medianas y pequeñas en sus distintas actividades: industriales, comerciales, agrícolas y ganaderas o de servicios que tengan su sede social o los centros de trabajo de su actividad en la Comunidad Autónoma Andaluza.


SEGUNDA. Este Convenio tendrá vigencia de un año contado desde la fecha de la firma de este documento. Dicho plazo podrá renovarse tácitamente a la terminación del mismo, por periodos iguales de duración, a no ser que una de las partes lo de por concluido mediante escrito dirigido a la otra con 30 días de antelación.


TERCERA. En el marco de este Convenio se establece una línea especial de financiación, de carácter libre, por importe de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE EUROS.


CUARTA. La Confederación de Empresarios de Andalucía se compromete a difundir entre sus asociados los puntos contenidos en el presente convenio.


QUINTA. UNICAJA proporcionará a través de sus sucursales cualquier otro servicio incluido en su catálogo de Productos y Servicios, aunque no se encuentre descrito en el presente Convenio, con un trato personalizado.


SEXTA. Los productos, operaciones y condiciones de las mismas, que se acogerán al presente Convenio son los siguientes:



A.- INVERSIONES EN ACTIVOS FIJOS


1. Cuantía


Hasta el 70% de las inversiones.


2. Plazo


Con garantía personal el plazo podrá alcanzar hasta 5 años, pudiendo establecerse un periodo de carencia de un año.


Con garantía hipotecaria o aval de Sociedad de Garantía Reciproca, el plazo podrá alcanzar hasta 12 años, pudiendo establecerse un periodo de carencia de dos años.

 Descargar

Acceso de usuarios

Escriba su usuario y contraseña para acceder a la intranet:
 

Buscador de empresas

Buscador de Comercios y tiendas de la provincia de Cádiz, clasificados por zonas y por sector comercial
 
www.fedeco.com, FEDERACIÓN DE COMERCIO DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ // Optimización 1024x768 o superior - IE5.0 o FF1.5 o posteriores